¿Cuál es el plazo legal vigente para pagar una factura en España?
La respuesta depende de quién deba pagar. Entre empresas, la Ley 3/2004 fija como regla general 30 días, ampliables hasta 60 por pacto. Con la Administración rige también un plazo legal específico. Con consumidores no funciona exactamente el mismo régimen.
Respuesta rápida
En operaciones comerciales entre empresas, el plazo legal general es de 30 días naturales desde la recepción de los bienes o servicios, salvo que las partes pacten otro plazo que no supere 60 días. En contratos con la Administración también existe un plazo legal de pago. Si hablamos de un consumidor particular, la respuesta no se rige exactamente por la Ley de morosidad comercial.
Qué dice la Ley de morosidad
La referencia principal en España es la Ley 3/2004, de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Esa ley se aplica a pagos entre empresas o entre empresas y Administraciones Públicas derivados de entregas de bienes o prestación de servicios. Su regla general es 30 días, aunque admite pacto hasta 60 días entre operadores privados. Además, cuando se supera el plazo legal o pactado, nacen intereses de demora e indemnización por costes de cobro.
Puntos clave
- Entre empresas, 30 días es la regla legal general y 60 días suele ser el techo máximo por pacto.
- Con la Administración hay un régimen específico de pago que también establece plazo legal.
- Superado el plazo, el acreedor puede reclamar intereses de demora y una compensación mínima por costes de cobro.
- No conviene mezclar operaciones comerciales B2B con relaciones de consumo, porque el marco legal no es exactamente el mismo.
Los matices que suelen confundirse
Muchas páginas explican este tema como si hubiera un único plazo válido para cualquier factura, y eso es impreciso. No es lo mismo una factura entre empresas, una factura de una Administración, una cuota de un consumidor o una deuda civil ordinaria. Además, el modo de contar el plazo puede depender de la entrega efectiva, de la recepción de la factura o del procedimiento de comprobación si el contrato lo prevé legalmente.
Qué hacer en la práctica
Si emites facturas a empresas, deja por escrito la fecha de prestación, el vencimiento y las condiciones de pago. Si el cliente se retrasa, revisa si puedes reclamar intereses de demora y la compensación legal de costes de cobro. Si el deudor es una Administración o un consumidor, conviene revisar el régimen específico antes de calcular el plazo exacto.
Fuentes consultadas
- BOE — Ley 3/2004, de medidas de lucha contra la morosidad
- BOE — Ley 3/2004, artículo 4 (determinación del plazo de pago)
- BOE — Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público
Revisión editorial de fuentes: 2026-04-13