¿Qué porcentaje debe destinar una sociedad a la reserva legal?
En sociedades de capital, la regla general es clara: el 10 % del beneficio del ejercicio, hasta que la reserva legal alcance el 20 % del capital social. Aun así, conviene revisar pérdidas previas y límites de reparto.
Respuesta rápida
La regla general para sociedades de capital es dotar el 10 % del beneficio del ejercicio a reserva legal hasta que esta alcance el 20 % del capital social. A partir de ese umbral, deja de ser obligatoria esa dotación mínima.
Qué dice la ley
La Ley de Sociedades de Capital impone esta reserva como mecanismo de protección patrimonial. Antes de repartir dividendos, la sociedad debe comprobar si procede la dotación y si existen pérdidas que afecten al patrimonio neto. La reserva legal no es una simple opción contable: condiciona la propuesta de aplicación del resultado y la regularidad del acuerdo societario.
Puntos clave
- La referencia es el beneficio del ejercicio, no la facturación ni la caja disponible.
- La obligación alcanza, con carácter general, a SA y SL sujetas al régimen común de la LSC.
- Una reserva legal insuficiente puede impedir o limitar el reparto de dividendos.
Matices importantes
La reserva legal no se destina libremente a cualquier fin mientras no se den las condiciones previstas por la ley. Además, algunas entidades o sectores tienen reglas especiales. Si hay pérdidas acumuladas o una reducción de capital, conviene revisar con detalle la situación antes de aprobar cuentas y distribución del resultado.
Qué hacer en la práctica
Al cerrar el ejercicio, verifica el capital social vigente, el saldo ya acumulado en reserva legal y el beneficio realmente distribuible. Si hay dudas, es preferible revisar la propuesta con asesoría contable o mercantil antes de llevarla a junta.
Fuentes consultadas
- BOE — Ley de Sociedades de Capital
- ICAC — consultas y criterios contables
- Agencia Tributaria — información censal y societaria
- Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes — legislación mercantil
Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14