¿Cuándo una guerra es legal?
Analizamos qué dice la ley sobre si cuándo una guerra es legal según la normativa aplicable. Información legal clara y actualizada.
Respuesta rápida
En el Derecho Internacional, el uso de la fuerza armada entre Estados solo es legal en dos supuestos: la legítima defensa ante un ataque armado (artículo 51 de la Carta de la ONU) o cuando el Consejo de Seguridad de la ONU autoriza expresamente el uso de la fuerza. Cualquier otro uso de la fuerza armada está prohibido por el artículo 2.4 de la Carta de la ONU.
¿Qué dice la ley?
La Carta de las Naciones Unidas, firmada en 1945 y en vigor para España, prohíbe en su artículo 2.4 la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado. El artículo 51 reconoce el derecho inmanente de legítima defensa individual o colectiva ante un ataque armado, hasta que el Consejo de Seguridad adopte medidas. El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (en vigor en España) tipifica el crimen de agresión cuando un Estado usa la fuerza de modo manifiestamente contrario a la Carta de la ONU. Las Convenciones de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales regulan cómo debe conducirse un conflicto armado, aunque no determinan su licitud inicial.
Puntos clave
- La prohibición general del uso de la fuerza está en el artículo 2.4 de la Carta de la ONU.
- La legítima defensa (artículo 51 Carta ONU) es una excepción reconocida al uso de la fuerza.
- La autorización del Consejo de Seguridad (Capítulo VII Carta ONU) puede legalizar el uso de la fuerza.
- El crimen de agresión está tipificado en el Estatuto de Roma (artículo 8 bis).
Excepciones y matices
La intervención humanitaria y la responsabilidad de proteger son doctrinas debatidas que algunos Estados invocan para justificar el uso de la fuerza sin autorización del Consejo de Seguridad, pero no tienen reconocimiento unánime en el Derecho Internacional positivo. Las guerras civiles o conflictos armados no internacionales se rigen por el Derecho Internacional Humanitario, principalmente el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra, con distintas reglas de aplicación.
¿Qué hacer en la práctica?
Desde la perspectiva española, la Constitución establece en su artículo 63.3 que el Rey declara la guerra y la paz con autorización de las Cortes Generales. España está sometida al Derecho Internacional y al control del Tribunal Internacional de Justicia en materia de uso de la fuerza. Si te interesa profundizar en un conflicto concreto, consulta los dictámenes de la Corte Internacional de Justicia o los informes del Relator Especial de la ONU sobre el uso de la fuerza.