¿Es legal abortar con siete meses de gestacion?
Analizamos qué dice la ley sobre si es legal abortar con siete meses de gestacion según la normativa aplicable. Información legal clara y actualizada.
Respuesta rápida
En España, la interrupción voluntaria del embarazo a partir de la semana 22 de gestación únicamente es legal cuando existe un riesgo grave para la vida o salud de la embarazada o cuando se detectan anomalías fetales incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable. A los siete meses (aproximadamente semana 28), el aborto electivo no está permitido.
¿Qué dice la ley?
La Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, modificada por la Ley Orgánica 1/2023, establece el régimen legal del aborto en España. Hasta la semana 14, el aborto es libre a petición de la mujer. Entre las semanas 14 y 22, se requiere que exista riesgo grave para la vida o salud de la embarazada o que el feto presente anomalías. A partir de la semana 22, solo caben dos supuestos excepcionales: riesgo vital o grave para la salud física o psíquica de la embarazada, o detección de anomalías fetales incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable, ambos casos requiriendo dictamen médico especializado.
Puntos clave
- El aborto electivo (sin causa médica) solo es legal hasta la semana 14 de gestación.
- A partir de la semana 22, la interrupción solo es legal por causas médicas graves debidamente acreditadas.
- Siete meses equivalen aproximadamente a la semana 28, por lo que se aplican los supuestos más restrictivos de la ley.
- El procedimiento debe realizarse en un centro autorizado con dictamen previo de dos médicos especialistas.
Excepciones y matices
La ley no establece un límite temporal absoluto en los casos de riesgo vital para la madre o anomalías fetales incompatibles con la vida; la decisión médica es determinante. Los médicos y sanitarios tienen reconocido el derecho a la objeción de conciencia, aunque los centros públicos deben garantizar la prestación. La Ley Orgánica 1/2023 reforzó las garantías de acceso en estos supuestos.
¿Qué hacer en la práctica?
Si te encuentras en una situación de embarazo avanzado con una indicación médica que podría amparar la interrupción, consulta con carácter urgente a tu médico especialista en ginecología o medicina materno-fetal. El acceso al sistema público sanitario es el primer paso; si hay dificultades, puedes contactar con los servicios de planificación familiar de tu comunidad autónoma o con asociaciones especializadas.