¿Es legal cazar en cultivos horticolas?
Analizamos qué dice la ley sobre si es legal cazar en cultivos horticolas según la normativa aplicable. Información legal clara y actualizada.
Respuesta rápida
En España, la caza en cultivos hortícolas está prohibida con carácter general, ya que estos terrenos tienen la consideración de refugios de fauna o zonas de seguridad en muchas normativas autonómicas. Además, el propietario del cultivo tiene el derecho de vedar el acceso a cazadores en su propiedad.
¿Qué dice la ley?
La Ley 1/1970, de 4 de abril, de Caza, establece en su artículo 12 que quedan prohibidas la caza en terrenos cultivados cuando el propietario o arrendatario se oponga a ello, y en general establece zonas de seguridad en torno a núcleos urbanos, carreteras y cultivos. La normativa autonómica de caza, que ha asumido competencias exclusivas en esta materia, suele establecer de forma más precisa las zonas de seguridad y los requisitos para cazar en terrenos agrícolas. En Andalucía, la Ley 6/2018 de Caza y Pesca Continental, o en Castilla-La Mancha la Ley 2/1993 de Caza, por ejemplo, tipifican como infracciones graves la caza en terrenos agrícolas sin autorización del titular. El daño a los cultivos derivado de la actividad cinegética puede generar responsabilidad civil del cazador o del titular del coto.
Puntos clave
- La caza en cultivos hortícolas requiere el consentimiento expreso del propietario o arrendatario del terreno.
- La mayoría de las leyes autonómicas de caza establecen zonas de seguridad que incluyen terrenos cultivados.
- Cazar en cultivos sin autorización es una infracción administrativa grave o muy grave según la comunidad autónoma.
- Los daños a cultivos causados por piezas de caza pueden generar reclamaciones de responsabilidad civil contra los titulares del coto colindante.
Excepciones y matices
En algunas comunidades autónomas se permite la caza de especies declaradas plaga (estorninos, tórtolas, palomas, conejos) en cultivos, previa autorización administrativa específica, para controlar los daños a la agricultura. La caza furtiva o sin licencia en cualquier tipo de terreno, incluidos los cultivos, constituye siempre una infracción grave independientemente de si el propietario consiente o no. En terrenos sin adscripción a un coto de caza, la situación jurídica es la de terreno cinegético de aprovechamiento común, con las limitaciones adicionales que establecen las leyes autonómicas.
¿Qué hacer en la práctica?
Si es propietario de un cultivo hortícola y desea impedir la caza en su finca, señalícela con carteles de prohibición de caza y comuníquelo por escrito al coto de caza colindante y a la consejería de medio ambiente de su comunidad autónoma. Si sufre daños en su cultivo por animales de caza procedentes de un coto, reclame al titular del coto la indemnización correspondiente, documentando los daños con fotografías y peritaje. Para cazar legalmente en un cultivo con permiso del propietario, verifique también que la zona no está clasificada como zona de seguridad en la normativa autonómica aplicable.