Vivienda, alquiler y comunidad

¿Es legal cobrar intereses por una deuda con la comunidad?

Sí, pero no de cualquier manera. La comunidad puede reclamar intereses por cuotas impagadas si existe base legal o acuerdo aplicable y siempre que el cálculo no resulte arbitrario o desproporcionado.

Respuesta rápida

Sí, una comunidad de propietarios puede reclamar intereses por cuotas comunitarias impagadas. Ahora bien, conviene distinguir entre intereses legales, intereses pactados en estatutos o acuerdos de junta y otros recargos que podrían discutirse si no tienen base suficiente.

Puntos clave

  • La comunidad puede reclamar intereses por mora en cuotas impagadas.
  • Es preferible que el criterio de interés esté previsto en estatutos o acuerdo claro de junta.
  • Si no existe pacto específico, puede entrar en juego el interés legal u otro criterio judicialmente apreciable.
  • Los recargos desproporcionados pueden ser objeto de impugnación.

Fuentes consultadas

Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14

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