Vivienda, alquiler y comunidad

¿Se pueden cobrar intereses por retrasarse en pagar el alquiler?

Sí, pueden reclamarse intereses por impago o mora en el alquiler, pero no cualquier cláusula vale: la base contractual, la proporcionalidad y el tipo de arrendamiento importan mucho, sobre todo cuando el inquilino actúa como consumidor.

Respuesta rápida

Sí, se pueden reclamar intereses por retrasos en el pago del alquiler, pero no como una fórmula libre para encarecer la renta. Lo importante es distinguir entre intereses de demora por impago y una subida ordinaria del alquiler: lo primero puede tener base legal o contractual; lo segundo sigue otras reglas.

Puntos clave

  • Intereses de demora y subida del alquiler no son la misma cosa.
  • Una cláusula desproporcionada puede ser impugnable, especialmente en vivienda.
  • La existencia de mora y el requerimiento previo pueden influir en la reclamación.
  • En contratos con consumidores se examina con más rigor el carácter abusivo de ciertas cláusulas.

Fuentes consultadas

Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14

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