¿Es legal cobrar intereses sobre intereses?
A veces sí, pero con límites. El anatocismo no funciona igual en todos los contratos y puede ser inválido o abusivo, sobre todo en consumo o financiación inmobiliaria.
Respuesta rápida
Cobrar intereses sobre intereses, lo que suele llamarse anatocismo, no está prohibido en todo caso, pero tampoco puede imponerse libremente. Su validez depende del tipo de relación jurídica, del pacto existente y de los límites que marcan la legislación civil, mercantil, de consumo y la jurisprudencia sobre cláusulas abusivas.
Dónde se admite y dónde se restringe
En el ámbito civil el Código Civil parte de una admisibilidad limitada y normalmente exige presupuesto concreto o pacto expreso. En relaciones bancarias y de consumo el control es mucho más intenso, y en crédito inmobiliario los márgenes para capitalizar intereses de demora son muy estrechos. Por eso una fórmula válida entre empresarios puede no serlo frente a un consumidor.
Puntos clave
- El anatocismo no es automáticamente nulo, pero requiere base jurídica suficiente.
- En contratos con consumidores se revisa con especial rigor por posible abusividad.
- No todo cuadro de amortización con interés compuesto equivale a un anatocismo ilícito.
- La cláusula debe examinarse junto con jurisprudencia y normativa sectorial aplicable.
Una confusión habitual
A menudo se confunde el interés compuesto de un producto financiero con la capitalización de intereses vencidos e impagados. Jurídicamente no son idénticos. Para saber si existe un cobro indebido hay que mirar el contrato, el momento de la capitalización y si hablamos de interés remuneratorio o de demora.
Qué hacer si sospechas abuso
Lo prudente es pedir liquidación detallada, cuadro de amortización y copia íntegra de la cláusula aplicable. Sin esos documentos es fácil exagerar o minimizar el problema. Si aparecen importes difíciles de justificar, conviene acudir a revisión especializada antes de impugnar.
Fuentes consultadas
Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14