¿Es legal contratar bailarinas de stiptease?
Analizamos qué dice la ley sobre si es legal contratar bailarinas de stiptease según la normativa aplicable. Información legal clara y actualizada.
Respuesta rápida
Sí, contratar bailarinas o bailarines de striptease para eventos privados o en locales de espectáculos para adultos es legal en España, siempre que se respete la dignidad de los artistas, exista un contrato laboral o mercantil en regla, la actuación no derive en prostitución y el local disponga de las licencias administrativas correspondientes.
¿Qué dice la ley?
En España no existe una prohibición específica del espectáculo de striptease. La actividad se encuadra en el ámbito de los espectáculos públicos y actividades recreativas, regulados principalmente por las comunidades autónomas a través de sus leyes de espectáculos públicos (p. ej., Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid). Los locales que ofrezcan este tipo de espectáculos deben contar con la licencia de apertura municipal correspondiente y respetar las normas sobre aforo, seguridad e higiene. Desde el punto de vista laboral, si el artista presta servicios de forma dependiente y por cuenta ajena, le es aplicable el Real Decreto 1435/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral especial de los artistas en espectáculos públicos; si actúa de forma autónoma, debe estar dado de alta en el RETA. El contrato debe respetar las garantías de dignidad personal y no puede instrumentalizarse para actividades de prostitución, que tienen un régimen jurídico diferente.
Puntos clave
- El striptease es un espectáculo legal en España sujeto a la normativa autonómica de espectáculos públicos.
- El local donde se realice debe contar con las licencias municipales y autonómicas necesarias.
- El artista debe tener una relación laboral o mercantil regularizada; no cabe la economía sumergida.
- La actividad no puede derivar en contacto sexual de naturaleza prostitutiva, lo que daría lugar a responsabilidades penales y administrativas.
Excepciones y matices
Las comunidades autónomas pueden establecer restricciones de horario, zonificación o tipo de espectáculos permitidos. Algunos municipios han adoptado ordenanzas que limitan los locales de espectáculos para adultos en determinadas zonas. La publicidad de estos espectáculos debe cumplir con la Ley 34/1988 General de Publicidad y la normativa de protección de menores, evitando contenidos que puedan ser vistos por el público infantil.
¿Qué hacer en la práctica?
Si va a contratar una actuación de este tipo para un evento privado, exija siempre un contrato por escrito que detalle las condiciones de la actuación, la remuneración y las limitaciones de la prestación. Asegúrese de que la persona contratada trabaja a través de una agencia o empresa legalmente constituida, con alta en la Seguridad Social. Para la apertura de un local, consulte con el Ayuntamiento los requisitos específicos de licencia y con un abogado especialista en derecho administrativo y laboral.