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Pacto comisorio: cuándo está prohibido y qué excepciones existen

La idea de que el acreedor se quede automáticamente con el bien dado en garantía sigue siendo, como regla, problemática en el Derecho español. Aun así, no todo mecanismo de apropiación funciona igual ni se juzga con el mismo criterio.

Respuesta rápida

Como regla general, el pacto comisorio está prohibido en prenda e hipoteca: el acreedor no puede apropiarse del bien por el mero impago. La respuesta cambia en determinados esquemas financieros entre profesionales, donde existen regímenes especiales y exigencias de valoración objetiva.

Puntos clave

  • En hipoteca y prenda comunes, la apropiación automática del bien sigue siendo nula con carácter general.
  • No todo acuerdo de entrega o dación en pago equivale necesariamente a un pacto comisorio prohibido.
  • En garantías financieras entre profesionales existe un régimen especial más flexible.
  • La transparencia y la valoración objetiva del bien son claves para diferenciar figuras válidas de cláusulas nulas.

Fuentes consultadas

Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14

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