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¿Es legal otorgar un poder general amplio?

Sí, un poder general amplio es legal en España, pero su alcance no es ilimitado: muchos actos de disposición o de especial trascendencia requieren facultades expresas y una redacción muy cuidada.

Respuesta rápida

Sí, el poder general amplio es legal si se otorga conforme a las formas exigidas, normalmente en escritura pública. Ahora bien, “amplio” no significa omnipotente: para ciertos actos relevantes, como vender inmuebles, donar o hipotecar, suelen exigirse facultades expresas y concretas.

Puntos clave

  • El poder general amplio es una figura válida y habitual en notaría.
  • No todos los actos quedan cubiertos por fórmulas genéricas; algunos exigen facultad expresa.
  • El poderdante puede revocarlo, salvo supuestos muy excepcionales con causa específica.
  • Si se prevé incapacidad futura, conviene estudiar si interesa un poder preventivo bien diseñado.

Fuentes consultadas

Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14

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