Publicidad por correo electrónico: cuándo puede enviarse legalmente en España
Enviar emails comerciales no es libre en España. La regla general exige consentimiento previo, aunque existe una excepción limitada para clientes previos con productos o servicios similares y con posibilidad real de oposición.
Respuesta rápida
Por regla general, no es legal enviar publicidad por correo electrónico sin consentimiento previo del destinatario. La excepción más conocida es la relación contractual previa para promocionar productos o servicios propios similares, siempre que se haya ofrecido una vía sencilla para oponerse desde el inicio y en cada envío.
Qué dice la ley
La LSSI regula las comunicaciones comerciales por vía electrónica y exige consentimiento previo salvo supuestos tasados. Además, el RGPD y la LOPDGDD obligan a contar con una base jurídica para tratar la dirección de correo y a informar correctamente sobre el uso de los datos. En la práctica, esto significa que no basta con “tener el email”: hay que poder justificar por qué se usa para marketing y cómo puede darse de baja la persona destinataria.
Puntos clave
- La regla general es consentimiento previo y verificable.
- La excepción de clientes previos no permite cualquier campaña ni cualquier producto.
- Cada email comercial debe identificar al remitente y ofrecer baja fácil y gratuita.
- La AEPD puede sancionar tanto por incumplir la LSSI como por un tratamiento irregular de datos personales.
Matices frecuentes
En entornos B2B no desaparecen automáticamente las obligaciones legales, especialmente si el correo identifica a una persona física. También es importante distinguir entre comunicaciones puramente informativas, mensajes de fidelización y publicidad directa. Las casillas premarcadas, el silencio del usuario o la compra de bases de datos sin garantías suelen generar un riesgo elevado de incumplimiento.
Qué hacer en la práctica
Si haces email marketing, conserva evidencia del consentimiento o del encaje en la excepción de cliente previo, revisa el contenido de los formularios y mantén listas de exclusión actualizadas. Si recibes spam, guarda el mensaje completo y valora denunciar ante la AEPD. La mejor defensa empresarial suele ser una trazabilidad clara del origen del dato y del mecanismo de baja.
Fuentes consultadas
- BOE — Ley 34/2002 (LSSI)
- AEPD — Comunicaciones comerciales por medios electrónicos
- EUR-Lex — Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD)
Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14