¿Es legal la sillita elevadora para ninos?
Analizamos qué dice la ley sobre si es legal la sillita elevadora para ninos según la normativa aplicable. Información legal clara y actualizada.
Respuesta rápida
Las sillitas elevadoras para niños en el coche son legales en España pero solo para niños que superen los 15 kg de peso y midan más de 125 cm, según la normativa vigente desde 2017. A partir del 1 de septiembre de 2023, el reglamento europeo R129 (i-Size) obliga a que los elevadores sin respaldo se usen únicamente para niños de al menos 125 cm, siendo obligatorio el elevador con respaldo para niños más pequeños.
¿Qué dice la ley?
En España, el uso de sistemas de retención infantil está regulado por el Real Decreto 1428/2003 (Reglamento General de Circulación) y por el Reglamento europeo ECE R44 y el más reciente ECE R129 (i-Size). El Reglamento R129, de aplicación obligatoria para los nuevos sistemas comercializados desde 2017, exige que los cojines elevadores sin respaldo solo se utilicen para niños de al menos 125 cm y 22 kg. Los elevadores con respaldo (high-back booster) están homologados para niños de 15 kg en adelante. La DGT puede sancionar con multas de hasta 200 euros por uso incorrecto del sistema de retención.
Puntos clave
- El elevador sin respaldo solo es legal para niños de más de 125 cm; para niños menores es obligatorio el elevador con respaldo.
- Todo sistema de retención debe tener homologación ECE R44 o ECE R129 (i-Size) para ser legal en España.
- El uso de sistemas de retención infantil es obligatorio para menores de 135 cm independientemente del peso.
- La multa por llevar a un menor sin sistema de retención adecuado es de 200 euros y supone la retirada de 3 puntos del carné.
Excepciones y matices
Los sistemas homologados bajo la antigua norma ECE R44 siguen siendo legales si fueron adquiridos con esa homologación, pero ya no pueden comercializarse nuevos productos con solo ese certificado. Los taxis y vehículos de transporte escolar tienen algunas excepciones temporales en la obligatoriedad. Cuando el niño supera los 135 cm o 36 kg puede utilizar el cinturón de seguridad del adulto sin sistema de retención específico.
¿Qué hacer en la práctica?
Al adquirir una sillita elevadora, compruebe que cuenta con el marcado de homologación ECE R129 o ECE R44 y que corresponde al peso y talla de su hijo. Para niños que no han alcanzado 125 cm, elija siempre un elevador con respaldo. Revise periódicamente el estado de la silla y sustitúyala si ha sufrido un impacto o ha alcanzado la vida útil recomendada por el fabricante. La DGT ofrece información actualizada sobre los tipos de sillas homologadas en su página web.