Vivienda, alquiler y comunidad

¿Puede la agencia inmobiliaria cobrar comisión al comprador?

Cobrar honorarios al comprador no está prohibido por definición, pero exige un encargo o acuerdo claro y puede ser cuestionable si la agencia actúa solo para la parte vendedora o no informa con transparencia suficiente.

Respuesta rápida

A veces sí y a veces no. La clave está en si existe un servicio efectivamente prestado al comprador y un acuerdo claro sobre el precio; si la agencia pretende cobrar sin encargo real o con información opaca, la reclamación resulta más defendible.

Puntos clave

  • No es lo mismo una mediación pactada con ambas partes que un simple intento de trasladar al comprador el coste del vendedor.
  • El importe y el concepto de la comisión deberían comunicarse antes de comprometer la compra.
  • En compraventa de vivienda, la documentación publicitaria y las reservas firmadas pueden ser decisivas.

Fuentes consultadas

Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14

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