¿Es legal pactar pagos a 90 días?
Depende de quién contrate. Entre empresas, la Ley de morosidad fija como regla un máximo de 60 días en operaciones comerciales; en relaciones con consumidores la respuesta puede ser distinta según el contrato y el sector.
Respuesta rápida
Entre empresas, pactar 90 días de pago suele chocar con la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad, que fija un límite general de 60 días en operaciones comerciales. En cambio, fuera de ese ámbito —por ejemplo, en contratos con consumidores— no siempre rige esa misma restricción.
Qué dice la ley
La normativa de morosidad transpone la directiva europea sobre pagos tardíos y establece que, en operaciones comerciales entre empresas o con la Administración, los plazos no son libremente ilimitados. El retraso genera intereses de demora y derecho a costes de cobro. Por eso conviene distinguir entre “es posible emitir una factura a 90 días” y “esa cláusula será plenamente exigible si contradice un límite imperativo”.
Puntos clave
- En B2B, el máximo legal general es 60 días, con pocas salvedades.
- En el sector público operan reglas propias y normalmente más estrictas.
- Una cláusula contraria a la ley puede ser ineficaz aunque ambas partes la hayan firmado.
- Además del principal, pueden reclamarse intereses de demora y costes de cobro.
Matices y excepciones
No todo “pago a 90 días” plantea el mismo problema. Puede hablarse de pagarés, confirming o financiación, pero si el resultado económico es diferir el pago de una operación comercial más allá del límite legal, el riesgo sigue existiendo. Algunos sectores además tienen normas especiales, como la cadena alimentaria, con tiempos aún más cortos.
Qué hacer en la práctica
Si le proponen 90 días, revise si la relación entra en la Ley de morosidad y conserve pedido, albarán y factura para calcular desde cuándo nace la mora. En negociación mercantil, conviene dejar por escrito el plazo correcto y las consecuencias del impago. Si ya se ha incumplido, valore una reclamación monitoria o mercantil con intereses.
Fuentes consultadas
- BOE — Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad
- EUR-Lex — Directiva 2011/7/UE
- BOE — Ley 12/2013 de la cadena alimentaria
Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14