Vivienda, alquiler y comunidad

Pedir aval en un alquiler puede ser legal, pero no sin límites

Un aval o garantía adicional puede pactarse en muchos arrendamientos, aunque en vivienda habitual la LAU impone topes que conviene revisar. La legalidad depende del tipo de contrato y de la cuantía total exigida al inquilino.

Respuesta rápida

Sí, pedir aval para un alquiler puede ser legal. Ahora bien, en vivienda habitual el aval no queda al margen de la LAU: forma parte de las garantías adicionales y debe examinarse junto con la fianza y el resto de exigencias económicas. Si el conjunto supera los límites legales aplicables, la cláusula puede ser discutible.

Puntos clave

  • El aval es una garantía adicional y debe analizarse junto con el resto de cantidades o coberturas exigidas al inquilino.
  • En vivienda habitual, la LAU pone límites a las garantías adicionales en determinados contratos.
  • No es lo mismo un aval bancario con coste para el inquilino que un fiador personal que responde con su patrimonio.
  • Cuanto más clara sea la cláusula sobre alcance, duración y ejecución del aval, menos riesgo de conflicto posterior.

Fuentes consultadas

Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14

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