Trabajo y derecho laboral

¿Es legal un contrato de alquiler de cuatro meses?

Sí puede serlo, pero depende de si se trata de vivienda habitual o de un verdadero alquiler de temporada. Un plazo corto no basta por sí solo para excluir la protección de la LAU.

Respuesta rápida

Un contrato de cuatro meses puede ser válido si responde a un uso temporal real. Si en realidad encubre la vivienda habitual del inquilino, el arrendatario puede invocar la duración mínima legal aunque el contrato diga otra cosa.

Puntos clave

  • Cuatro meses sí pueden ser válidos en un alquiler de temporada auténtico.
  • Si el inmueble es la residencia habitual, la duración pactada no elimina automáticamente la prórroga legal.
  • Los jueces valoran el uso real de la vivienda, no solo el título del contrato.
  • Conviene que el contrato explique de forma verosímil la causa temporal y la documente si es posible.

Fuentes consultadas

Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14

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