¿Es legal un contrato de trabajo de 3 meses?
Sí, pero solo cuando la modalidad temporal utilizada tiene causa real y está correctamente formalizada. Tras la reforma laboral, la temporalidad injustificada se presume irregular.
Respuesta rápida
Sí, un contrato de 3 meses puede ser legal en España. Lo decisivo no es la duración corta, sino que exista una causa temporal válida y que el contrato se ajuste a las modalidades permitidas por el Estatuto de los Trabajadores.
Cuándo encaja legalmente
Tras la reforma laboral, la contratación indefinida es la regla general y la temporalidad debe justificarse. El artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores admite, entre otros supuestos, el contrato por circunstancias de la producción y el contrato de sustitución. Si una empresa utiliza un contrato de 3 meses para cubrir necesidades permanentes, el problema no es la duración, sino la falta de causa.
Puntos clave
- La temporalidad requiere causa concreta y verificable.
- La duración breve no convierte por sí sola el contrato en ilícito.
- La causa debe figurar con claridad en el contrato.
- El uso fraudulento puede llevar a considerar la relación indefinida.
Qué revisar en el contrato
Conviene comprobar si se identifica la causa temporal, la persona sustituida en su caso, la duración prevista y el convenio aplicable. También hay que mirar la realidad del trabajo: si el puesto responde a una actividad estructural y continuada, un contrato de 3 meses puede ser solo una cobertura formal de una necesidad permanente.
Qué hacer si sospechas fraude
Lo aconsejable es conservar contrato, nóminas, cuadrantes y cualquier comunicación sobre las funciones efectivas. Con esa documentación puede consultarse a la representación legal de los trabajadores, a la Inspección de Trabajo o acudir a la jurisdicción social para discutir si la relación debía ser indefinida.
Fuentes consultadas
- BOE - Estatuto de los Trabajadores (arts. 11 y 15)
- BOE - Real Decreto-ley 32/2021 de reforma laboral
- SEPE - Modalidades de contrato de trabajo
Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14