¿Es legal descontar en nomina asistencia a medico?
Analizamos qué dice la ley sobre si es legal descontar en nomina asistencia a medico en el ámbito laboral en España. Información legal clara y actualizada.
Respuesta rápida
Depende de lo que establezca tu convenio colectivo. En muchos convenios, la asistencia al médico es un permiso retribuido. Si el convenio no lo reconoce, la empresa puede descontar el tiempo de ausencia, aunque es habitual que se permita recuperar las horas en lugar de descontarlas.
¿Qué dice la ley?
El Estatuto de los Trabajadores no recoge un permiso retribuido genérico para ir al médico, pero el artículo 37 ET establece que los convenios colectivos pueden reconocer permisos retribuidos por causas justificadas. La mayoría de convenios colectivos en España sí incluyen permisos para visitas médicas, especialmente para el trabajador y sus familiares directos. Si el convenio no lo contempla, la empresa puede descontar el tiempo o exigir su recuperación.
Puntos clave
- El derecho a permiso retribuido para ir al médico depende del convenio colectivo aplicable.
- Sin previsión en convenio, la empresa puede descontar el tiempo de ausencia.
- Muchos convenios reconocen entre una y tres horas retribuidas por visita médica.
- Siempre se puede exigir justificante médico de la fecha y hora de la visita.
Excepciones y matices
Si la visita médica es urgente o imprevista, la mayoría de convenios la contemplan como permiso retribuido aunque sea de corta duración. Los empleados públicos tienen regulación propia que generalmente es más favorable. En empresas donde el acceso a la sanidad pública requiere pedir cita con semanas de antelación, la problemática es mayor y muchos convenios tienen en cuenta esta realidad.
¿Qué hacer en la práctica?
Consulta tu convenio colectivo para conocer exactamente el derecho que te corresponde. Si el convenio reconoce el permiso, avisa con antelación a tu empresa y entrega el justificante médico. Si la empresa descuenta igualmente el tiempo y el convenio lo ampara, reclámalo por escrito a RRHH y, si no responden, ante el juzgado de lo social.