¿Es legal descontar la cotización a la Seguridad Social en nómina?
Sí, la empresa puede y debe descontar la aportación del trabajador cuando paga el salario. Lo que no puede hacer es cargarle conceptos que correspondan al empresario o practicar deducciones ajenas a la cotización legal.
Respuesta rápida
Sí. En una relación laboral por cuenta ajena, es legal que la empresa descuente en nómina la parte de cotización a la Seguridad Social que corresponde al trabajador. La empresa ingresa después tanto su propia aportación como la del empleado. No es un descuento voluntario ni discrecional, sino una obligación prevista en la normativa de Seguridad Social.
Qué dice la ley
La Ley General de la Seguridad Social establece la obligación de cotizar y atribuye al empresario la responsabilidad de ingresar las cuotas. Dentro de ese esquema, la empresa puede retener en el momento del pago del salario la aportación del trabajador. Esa retención debe reflejarse correctamente en la nómina y calcularse sobre la base de cotización que corresponda. Otra cuestión distinta es que el empresario pretenda trasladar al trabajador cuotas empresariales, recargos o sanciones: eso no sería lo ordinario ni lo ampara la regla general.
Puntos clave
- La cuota obrera puede descontarse de la nómina porque la ley lo prevé expresamente.
- La empresa sigue siendo responsable frente a la Seguridad Social del ingreso de ambas aportaciones.
- Las deducciones deben aparecer identificadas y cuadrar con la base de cotización.
- Si se descuentan importes extraños o superiores a lo debido, conviene revisar la nómina y pedir desglose.
Matices y excepciones
El porcentaje exacto no es fijo para todos los trabajadores, porque depende del concepto cotizable, del régimen aplicable y de las normas de cotización vigentes en cada ejercicio. Además, no debe confundirse la cotización con otras retenciones, como el IRPF. En autónomos la lógica es distinta: no hay empresa que practique un descuento en nómina, sino una obligación de cotización asumida directamente por la propia persona trabajadora.
Qué hacer en la práctica
Revise la nómina junto con su informe de bases de cotización o su vida laboral cuando tenga dudas. Si detecta descuentos que no entiende, solicite por escrito el detalle a la empresa o a la asesoría que confeccione las nóminas. Cuando existan diferencias relevantes o sospecha de falta de ingreso, puede plantearse consulta a la TGSS, a la representación legal de los trabajadores o a la Inspección de Trabajo.
Fuentes consultadas
- BOE — Ley General de la Seguridad Social
- BOE — Estatuto de los Trabajadores (texto consolidado)
- Seguridad Social — Importass
- Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Revisión editorial de fuentes: 2026-04-14